Sintradeua Exige a la Rectoria de Uniatlantico Mejores Condiciones de Trabajo

UA

Sintradeua haciendo uso de los preceptos plasmado en la Constitución Nacional, exigió a la Rectora de la Universidad del Atlántico resolver de manera inmediata el problema que desde hace mucho tiempo se presenta con los aires acondicionados de la Biblioteca , Oficinas y aulas de clases de la entidad educativa, que sumado al mal funcionamiento de los ascensores, viene perjudicando la salud de Trabajadores, Profesores y estudiantes.

La organización sindical también puso en conocimiento de los Ministerios de Trabajo y Educación la problemática presentada, al igual que a la Defensora del Pueblo, en vista de que en diferentes ocasiones le manifestó a la administración de la Universidad sobre esta situación sin recibir respuesta alguna al respecto, máxime cuando la falta de condiciones llego a extremos peligrosos de afectación de la salud de Trabajadores, Profesores y estudiantes por causa de las altas temperaturas.

A continuación damos a conocer el contenido de la solicitud dirigida a la Dra. RAFAELA VOS OBESO, rectora de la Universidad del Atlántico:

DOCTORA

RAFAELA VOS OBESO

RECTORA UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO O QUIEN HAGA SUS VECES 

E. S. D.

REF. DERECHO DE PETICIÓN- FALTA DE CONDICIONES DIGNAS PARA TRABAJAR Y DE GARANTÍAS MÍNIMAS PARA SU DESARROLLO.

 “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas” (Art. 25 C.P.C)

 JAIME IVAN BORRERO SAMPER, identificado con la cédula de ciudadanía número 8.510.295, expedida en Suan Atlántico, actuando en nombre propio y como Presidente del Sindicato de Trabajadores administrativos y Académicos de la Universidad del Atlántico, “SINTRADEUA”, a través del presente escrito formulo derecho fundamental de petición, en los siguientes términos:

1.- Desde hace mucho tiempo, los trabajadores, profesores y estudiantes de la Universidad del Atlántico, carecen de las condiciones mínimas para desarrollar sus correspondientes actividades, debido a la falta de aire acondicionado en la Biblioteca, oficinas y aulas de clase, que sumado al daño de los ascensores, ha deteriorado su salud y por ende su calidad de vida.

2-En repetidas ocasiones, con el respeto que siempre me ha caracterizado, me he dirigido a usted, como primera autoridad ejecutiva de la institución y su representante legal, para manifestarle las precarias condiciones en que nuestros compañeros trabajadores y docentes, realizan sus actividades laborales, sin encontrar hasta la fecha de presentación de esta petición, respuesta y mucho menos solución a esta problemática.

3-El calor excesivo  afecta gravemente la salud de los trabajadores y docentes,  y de continuar expuestos a estas altas temperaturas les puede ocasionar hasta la muerte, convirtiendo el lugar de trabajo en fuente de lesiones, enfermedades o amenazas para la vida de las personas que trabajan allí.

4-El cuerpo humano necesita mantener una temperatura de unos 37º Celsius, para poder funcionar óptimamente, sin embargo nuestros compañeros trabajadores y docentes están soportando temperaturas por encima de los 43º Celsius, produciendo en ellos mucho sudor, cansancio, piel irritada, sed, nauseas, mareos, dolor de cabeza, irritabilidad, aunado a que muchos de ellos padecen enfermedades como Diabetes, Hipertensión, etc.

5-La salud de los trabajadores es un requisito previo esencial para los ingresos familiares, la productividad y el desarrollo económico.

Para refrendar tales argumentos, basta citar lo dicho por la Corte en la sentencia C-107 de 2002, en la que se estableció:

“Dentro de la nueva concepción del Estado como Social de Derecho, debe entenderse la consagración constitucional del trabajo no sólo como factor básico de la organización social sino como principio axiológico de la Carta; y además, que constituye la actividad libre y lícita del hombre, que no sólo contribuye a su desarrollo y dignificación personal sino también al progreso de la sociedad, bien que se trate de una actividad independiente o subordinada”.

6-No obstante, más allá de lo anterior, como ya lo ha reiterado la Corte, la base de dignidad y justicia que caracteriza este derecho comporta el supuesto de que “quien aporta su esfuerzo a cambio de la remuneración es un ser humano, que constituye finalidad y propósito de la organización política, del orden jurídico y de las autoridades, y jamás un medio ni un instrumento para alcanzar otros fines, sean ellos particulares o públicos”. De ello se colige que, en ese sentido, todos los esfuerzos del Estado y de la sociedad, sin descuidar otros frentes, deben apuntar hacia la protección especial del trabajador.

7-Así las cosas, para que adquiera la connotación adecuada, es menester su realización en un entorno sin características humillantes o degradantes o que desconozca los principios mínimos fundamentales establecidos por la Constitución, y además que permita su desarrollo en condiciones equitativas para el trabajador”, tornándose imperiosa la observancia del cúmulo de garantías mínimas que, para ello, establece el Estatuto Superior, entre las cuales se destacan las preceptuadas por su artículo 53.

PETICIÓN

Con base en lo anterior solicito tome las medidas necesarias para solucionar inmediatamente la problemática planteada y evitar de esta manera que la salud de nuestros compañeros trabajadores y docente continúe deteriorándose hasta el punto de ocasionar su muerte.

NOTIFICACIÓN

Recibo Notificaciones y correspondencia en la calle 72 No.68-59 bloque 19 Apto 301 en la ciudad de Barranquilla.

Email:sintradeua@outlook.es

Teléfono: 304-328-5754.

Atentamente,

 

(EL ORIGINAL DEBIDAMENTE FIRMADO)

JAIME IVAN BORRERO SAMPER

PRESIDENTE

 cc. Ministerio de Trabajo

Ministerio de Educación

Defensoria del Pueblo

 

 

 

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