No corresponde al afiliado soportar la carga de la mora o falta de aportes a seguridad social del empleador
Son las administradoras de pensiones quienes deben soportar las consecuencias de la mora o falta de pago de aportes por parte de los empleadores, así como la falla en el traslado de los mismos, responsabilidad que de ninguna manera puede ser trasladada al afiliado. Así lo advirtió la Corte Constitucional, al conceder los derechos al…