Corte Constitucional quitará a Procuraduría funciones para sanciones a funcionarios de elección popular

La Procuraduría no puede destituir, suspender o inhabilitar a funcionarios de elección popular, dijo la CIDH.

Sigue hoy en la Corte Constitucional la discusión sobre la reforma a la Procuraduría y parece que no saldrá bien librada el Ministerio público, ¿queda sin muchos de sus poderes?

La Corte Constitucional declarará inexequible la reforma a la Procuraduría que le permitía sancionar a funcionarios de elección popular.

La Corte dirá que la ley no le puede atribuir esas funciones a un ente de control, solo lo puede hacer la constitución. Como lo dijo la CIDH, la Procuraduría no puede destituir, suspender o inhabilitar a funcionarios de elección popular, mejor dicho, pierde el 90 por ciento de su poder. 

La preocupación es si este será un fallo retroactivo porque desde 1991 la Procuraduría ha sancionado a 7702 servidores de elección popular: 4068 alcaldes, 3222 concejales, 223 gobernadores, 127 diputados, 30 ediles, 17 senadores y 15 representantes. De esas se han impuesto 2377 multas, 694 suspensiones, 674 destituciones.

¿Qué va a pasar con todo eso? Algunos magistrados están buscando una formula menos drástica, pero la mayoría considera que esas funciones nunca las debió ejercer la Procuraduría.

 

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