– La desinformación y la mala información han torpedeado decisión del Consejo Superior Universitario.
Por.- Gaspar Hernández Caamaño.
Barranquilla. En dos oportunidades recientes he comentado, por esta red social, unas declaraciones periodísticas suministradas por directivos del Comité Intergremial del Atlántico, en relación a la elección que, por competencia y deber, tiene que efectuar el Consejo Superior de la Universidad del Atlántico, del rector en propiedad de tan importante centro de estudios superiores.
Mis comentarios pasados, basados en apreciaciones propias, los hice fundado en las formas interpretativas esgrimidas por el Presidente del Intergremial y la de su representante sobre la recusación de que fueron objeto. El recusado dijo que él, inicialmente, esta impedido y luego que no porque su persona no era parte demandada, sino el Intergremial. Y este Comité declaró que designarían un nuevo representante, para que integrara el Consejo Superior y votara en la elección del rector. Esas públicas afirmaciones me atreví de calificarlas de singulares, ridículas y necias.
Pero como buena parte de mi vida laboral, la dedique el periodismo, como oficio profesional para informar y formar. Hoy decidí ser reportero, no opinador. Y busque la fuente donde reposa la verdad procesal, sobre este «vergonzoso» caso: la sentencia del Juzgado Once Administrativo de Barranquilla. Y con ella redactar, sin temor, como el redactor de noticias judiciales que fui, con deleite y de frente. Por ello usare nombres propios para redactar esta nota, para expresar que se ha desinformado a la comunidad universitaria por parte de las mismas autoridades de la «stresada» Alma Mater.
1o. LA DECISIÓN JUDICIAL.
El fallo del Juez Once Administrativo, Dr. Huberlando Peláez, es del siguiente tenor, en su parte resolutiva:
«Art. PRIMERO. DECLARASE LA NULIDAD DEL ACTO DE ELECCION DEL Dr. CESAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO, COMO REPRESENTANTE DEL SECTOR PRODUCTIVO DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, ANTE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO, DE CONFORMIDAD A LO EXPUESTO EN LA PARTE MOTIVS DE ESTE PROVEIDO.
Art. SEGUNDO. LA UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO Y EL COMITE INTERGREMIAL E INTEREMPRESARIAL DEL ATLANTICO DEBERÁN DAR CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA CON OBSERVANCIA A LAS PREVISIONES ESTABLECIDAS EN LOS ARTICULOS 192 A 195 DE LA LEY 1437 DE 2011″.
Esa sentencia, de primera instancia fue apelada por la parte demandante, economista Rafael Castillo Pacheco (uno de los tres candidatos a rector). Y en dias reciente la magistrada del Tribunal Administrativo del Atlántico, Dra Judith Romero, admitió el recurso. Y el mismo está en trámite. La apelación, mientras no sea resuelta, mantiene el PLEITO JUDICIAL entre el demandante y los demandados.
En este proceso los demandados, como se lee en la sentencia en comento, son tres: la universidad, el intergremial y, obvio, su representante elegido espuriamente como se evidencia en el fallo, pues debieron escogerlo por MAYORIA ABSOLUTA de doce miembros, que se hace con siete(7), pero solo asistieron y votaron cinco(5).
La existencia procesal de la apelación, significa que el pleito judicial esta aún en trámite. Y como la causal de recusación aceptada es la de existencia de un conflicto judicial entre partes interesadas, en este caso entre un candidato y un elector, el impedimento se mantendria para la actuación que defina, al fin, quíen será el rector en propiedad.
Si esta hipotesis interpretativa es correcta (aprendí leyendo al autor colombiano Rodolfo Arango Rivadeneira, que no hay respuestas correctas en Derecho), el Intergremial no podría intervenir en la eleccion de rector, aun escoga un nuevo representante. Por tanto la eleccion no contaria con la presencia de dicho Comité y se deberá votar con los ocho(8) que, en este momento, esten impedidos, pues parece que una recusacion no se le niega a nadie.
Otra cosa es si el Intergremial debe o no cumplir la sentencia judicial en los términos del articulo 192 del CPACA, como lo ordena el juez. Entonces la situación no es solo por buscar consenso, como ha dicho el Gobernador y hasta los candidatos, sino de respetar la ley y una decisión judicial que nos enseña que dura es, pero es la ley. Ese aspecto amerita otra puntual reflexión, como determinar quienes son los responsables de meter, la suerte de la Universidad, en semejante túnel. Creo que si Sábato resucita, no lo transitaría, pues parece que lo actual es «la ley del embudo».